Centro de Salud Fe y Esperanza

Consentimiento para Atención por Telemedicina

Versión 1.0
La telemedicina permite realizar atenciones de salud utilizando tecnologías de comunicación a distancia.
1. Modalidad de atención

El paciente comprende que determinadas atenciones del Centro de Salud Fe y Esperanza pueden realizarse mediante telemedicina, utilizando medios tecnológicos que permiten la comunicación a distancia con el profesional tratante.

2. Alcances y limitaciones

El paciente comprende que la atención remota posee características y limitaciones diferentes de una evaluación presencial.

Cuando la condición clínica lo requiera, el profesional podrá recomendar evaluación presencial, realización de exámenes, derivación a otro profesional o atención en un servicio de urgencia.

3. Calidad de la comunicación

La calidad de la atención puede verse afectada por problemas de conectividad, dispositivos, audio, video u otras dificultades tecnológicas.

4. Privacidad

El paciente procurará encontrarse en un lugar que permita mantener privacidad durante la atención y evitará compartir enlaces, claves o accesos con personas no autorizadas.

5. Situaciones de urgencia

El servicio de telemedicina no sustituye los servicios de urgencia. Ante síntomas o situaciones que requieran atención inmediata, el paciente deberá utilizar los servicios de urgencia correspondientes.

6. Consentimiento

El paciente declara comprender las características generales, alcances y limitaciones de la atención mediante telemedicina y acepta voluntariamente utilizar esta modalidad cuando corresponda.


Centro de Salud Fe y Esperanza SpA
Documento: Consentimiento para Atención por Telemedicina
Versión: 1.0